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REGLAMENTO INTERNO

I Respecto de la Responsabilidad del Profesor
1.Al inicio de cada curso el Profesor debe informar a los estudiantes respecto de la programa y planificación de la asignatura. Además debe informar tanto a los estudiantes como a la Jefatura de Docencia respecto de:
        • Los tipos y ponderaciones de las evaluaciones
        • El calendario de las actividades académicas
        • Requisitos de asistencia
        • Tratamiento de inasistencias justificadas a evaluaciones
2. El profesor debe ceñirse al programa de la asignatura y cumplir con todos sus contenidos. Las eventuales modificaciones al programa original deberán ser informadas a la Jefatura de Docencia.
3. El profesor debe dictar sus clases en los horarios establecidos por la Jefatura de Docencia, con puntualidad en el inicio y término de la clase.
4. Es responsabilidad del profesor confeccionar y corregir todas las evaluaciones de la asignatura.
5. El Profesor debe entregar a los estudiantes sus calificaciones precedentes, al menos en la sesión anterior a una nueva evaluación del mismo tipo.
6. El Profesor debe supervisar el desarrollo de la ayudantía, velando por una adecuada relación entre las unidades temáticas de cátedra y ayudantía.
7. El Profesor, a requerimiento de la Dirección de la Unidad Académica, debe evaluar al ayudante.
8. Al término del semestre, el Profesor debe entregar a la Jefatura de Docencia, el registro conteniendo todas las notas parciales de la asignatura, los promedios, las notas del examen y las notas finales de la asignatura.

II Respecto de la Responsabilidad del Ayudante
9. Todo Ayudante debe cumplir con el horario de ayudantía fijado.
10. Todo Ayudante debe cumplir con las instrucciones del Profesor en torno al desarrollo de la ayudantía.

III Respecto de la Asistencia de los Estudiantes
11. Es atribución del Profesor decidir el instante en que controlará el registro de la asistencia a clases.
12. En caso que se produzca inasistencia del Profesor, se considerará al alumnado con asistencia completa.
13. Las asignaturas obligatorias correspondientes a los cuatro primeros semestres de la carrera tendrán asistencia obligatoria de un mínimo de 70%, tanto a sus cátedras como ayudantías. De no cumplir dicho porcentaje y no estar debidamente justificado, el alumno reprobará dicha signatura con concepto “sin asistencia”.

IV Respecto de la Evaluación
14. Cada estudiante debe ser calificado en todas las instancias de evaluación programadas para una asignatura.
15. Cada asignatura debe tener como mínimo 2 evaluaciones, y al menos una de ellas debe ser personal.
16. La nota mínima de presentación a examen es 3.0. Si la nota de presenta- ción es menor que la mínima exigida, la calificación final será igual a la nota de presentación.
17. La inasistencia no justificada o el incumplimiento de cualquier instancia de evaluación será calificada con nota 1.0.
18. En ningún caso la nota del examen podrá reemplazar alguna calificación parcial faltante.
19. Si las notas de presentación y de examen son mayores que los mínimos exigidos, la calificación final será el promedio ponderado de ambas notas. La nota de presentación y la nota del examen se ponderan en un 60% y 40% respectivamente.
20. El Profesor podrá eximir a aquel estudiante que haya obtenido nota de presentación 5.0 o superior, siempre y cuando el estudiante no tenga notas parciales inferiores a 4.0. En caso de eximición la calificación final será igual a la nota de presentación.

V Respecto de la Justificación de Inasistencia
21. El estudiante podrá solicitar a la Jefatura de Docencia la justificación de su(s) inasistencia(s) ante los Profesores de las asignaturas que cursa. Es derecho de la Jefatura de Docencia aceptar o rechazar tal solicitud.
22. El plazo MÁXIMO para solicitar una justificación a la inasistencia a clases y/o evaluaciones es de 2 días hábiles, a partir de la fecha de INICIO de la inasistencia. Además es obligación del estudiante presentarse ante el Profesor en la primera clase una vez terminado el período justificado.
23. Las solicitudes deben ser acompañadas por documentos que apoyen la justificación.
24. En caso de atención médica en el DISE, el estudiante debe informar en Secretaría de Docencia según lo establecido en los puntos anteriores.

VI Respecto de Asignaturas Especiales
25. Las asignaturas de Seminario de Título (ICI 6540) y Proyecto de Título (ICI 6541 e INF 4541) se rigen por sus respectivos reglamentos específicos.

VII Práctica Profesional
26. Las Prácticas Profesionales para los estudiantes de la Escuela se rigen por su respectivo reglamento.

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